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Solicitud de asilo en EE. UU.
El asilo proporciona a un ciudadano extranjero una forma de protección en los Estados Unidos basada en la persecución pasada o el temor bien fundamentado de persecución futura debido a su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política. Ciudadanos extranjeros que cumplen con esta definición de "refugiado" bajo la Sección 101 de la Ley de Inmigración y Naturalización (INA), 8 USCS Sección 1101, y que ya se encuentran en los Estados Unidos, o que buscan ingresar a los Estados Unidos en un puerto de entrada, puede calificar para una concesión de asilo. Si se le concede, al asilado se le permite permanecer en los Estados Unidos y ajustar su estado para convertirse en residente permanente, titular de la tarjeta verde. Si usted o sus familiares creen que puede ser elegible para solicitudes de asilo, llame a los abogados de asilo de Nueva York de Figeroux & Associates.
Un ciudadano extranjero que se encuentre en los EE. UU. O en el puerto de entrada puede presentar una solicitud de asilo ante el USCIS. Esto a menudo se conoce como "Solicitud de asilo afirmativo". En el puerto de entrada, el solicitante solicitaría una solicitud de asilo. Luego, el solicitante sería entrevistado por un oficial de asilo. Si el ciudadano extranjero presenta pruebas suficientes para demostrar que pudo haber sido perseguido o tiene un temor creíble de persecución, la persona será "puesta en libertad condicional" en los EE. UU. Para preparar y presentar la solicitud de asilo afirmativa ante el USCIS. Si el USCIS rechaza la solicitud, la persona recibirá un “Aviso de comparecencia” (NTA, por sus siglas en inglés) en la corte de inmigración para los procedimientos de deportación. En este momento, el solicitante tiene otra oportunidad de presentar una solicitud de asilo ante la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR), que sería el juez de inmigración en la audiencia de deportación. Esto a menudo se denomina Solicitud de asilo defensivo porque la solicitud se utiliza como defensa para la expulsión de los EE. UU.
Los abogados de asilo de Nueva York de Figeroux & Associates lo ayudarán a preparar y presentar la solicitud de asilo y las pruebas ante el USCIS o el juez de inmigración. Nuestros abogados necesitarán su ayuda para recopilar información y pruebas al presentar su caso. Para presentar con éxito una solicitud de asilo, debe demostrar que, (1) se encuentra actualmente en los EE. UU. (Si el solicitante está fuera de los EE. UU., El proceso de solicitud es una “Solicitud de refugiado”); (2) tiene un "temor fundado de persecución", ya sea basado en persecuciones pasadas o evidencia de temor fundado de persecución futura por parte del gobierno del último lugar de residencia de la persona o de un grupo de personas en el que el gobierno no está dispuesto o incapaz de controlar; (3) su persecución debe basarse en un grupo protegido, que incluye raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo en particular; (4) debe demostrar que no puede o no desea regresar al país de última residencia debido a dicha persecución; (5) su solicitud de asilo debe presentarse dentro de un (1) año a partir de la fecha de entrada, a menos que pueda demostrar que hay un cambio de circunstancias que no le permitiría presentar la solicitud dentro del requisito de un año; y (6) debe demostrar que se encuentra bajo la prohibición legal de presentar una solicitud de asilo. La barra se puede aplicar a las siguientes categorías:
No presentar una solicitud de asilo dentro de 1 año a partir de la fecha de entrada (independientemente del estado documentado o indocumentado);
- Ciudadanos extranjeros que pueden ser trasladados de forma segura a otro país.
- Solicitantes a quienes se les negó previamente una solicitud de asilo (las exenciones están disponibles cuando el extranjero demuestra que se aplica un cambio de circunstancias); sin embargo, la persona puede presentar una solicitud ante el USCIS y nuevamente ante el juez de inmigración.
- Extranjeros que participaron en la persecución de otros.
- Ciudadanos extranjeros que fueron "condenados" por delitos graves que pueden ser un peligro para el público o la seguridad de los EE. UU. O sus ciudadanos.
- Solicitantes que pueden haber "cometido", no necesariamente "condenado", un delito grave que no tiene una motivación política (pero que pueden ser elegibles según la solicitud de Suspensión de deportación o la Convención contra la tortura).
- Aquellos que puedan haber participado en actividades terroristas o que hayan recibido la orden de expulsión de los EE. UU. Con base en dichas actividades.
Retención de la expulsión Incluso si al solicitante se le niega el asilo, el ciudadano extranjero aún puede calificar para la suspensión de la expulsión. La solicitud de asilo también es la solicitud bajo Suspensión de expulsión y CAT. Para calificar bajo Suspensión de expulsión, el solicitante debe demostrar que la "vida o libertad de la persona estaría amenazada" por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social en particular. Además, el solicitante debe demostrar que existe una “clara probabilidad” de que la persecución ocurriera si la persona fuera expulsada. Este es un umbral más alto que el requisito de "temor fundado" bajo asilo.
La Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura (CAT) Por último, junto con la solicitud de asilo y la Solicitud de retención de deportación, nuestros abogados defensores de deportación de Nueva York y nuestros abogados defensores de deportación de Nueva York también solicitarán protección en virtud de la Convención de las Naciones Unidas contra la tortura. (CAT) en nombre de nuestros clientes. Bajo CAT, el gobierno de los EE. UU. No puede trasladar a una persona a un país en el que es "más probable que no" sea "torturada". El estándar de "más probabilidades que no" o "fundamentos sustanciales para creer" es una carga de prueba menor, pero la persona deberá demostrar que no puede "trasladarse" a una región diferente dentro del país. Además, la “tortura” se define como un acto mediante el cual se inflige intencionalmente dolor o sufrimiento severo (físico o mental) para obtener información o una confesión, como castigo, por intimidación o coacción, o por otro motivo basado en la discriminación; y el acto fue infligido por el gobierno, o por otros bajo el consentimiento del gobierno, o por un grupo que el gobierno no quiere o no puede controlar.
Las solicitudes de asilo son muy complicadas y los problemas a menudo son confusos incluso para los abogados más experimentados. Comuníquese con nuestros abogados de asilo y abogados de CAT en Nueva York para obtener más información. El éxito de una solicitud de asilo se basa en la veracidad de los hechos presentados y la evidencia que respalda la solicitud. Nuestros abogados de asilo de EE. UU. Lo ayudarán a preparar y presentar la solicitud, incluida la presentación de docenas de anexos como evidencia para su solicitud.
Comuníquese con nuestra oficina al (855) 768-8845.